viernes, 11 de septiembre de 2015

Tipos de contratos y brecha salarial, dudas de empresarios

La eliminación de los contratos fijos, las brechas salariales y el despido ineficaz que suma a otros grupos vulnerables dentro del proyecto de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo, fueron algunos de los temas que ayer el ministro del Trabajo, Carlos Marx Carrasco, expuso ante representantes de la empresa privada en Guayaquil. Ante lo que plantea la reforma sobre la eliminación de los contratos a plazos fijos, algunos empresarios tuvieron dudas con respecto al tipo de acuerdo al cuál podrían optar si se desea reemplazar a un trabajador por un tiempo definido. Carrasco señaló que se mantienen otras modalidades como opción, entre las que mencionó los contratos eventuales, estacionales, de obra y a destajo. "Aquí que dice para reemplazar a una persona (...), si estaría permitido un contrato que no sería de tiempo fijo, pero lo puede contratar como si fuese un periodo de prueba (...) y hasta antes de los 90 días se puede dar por terminado este contrato", explicó el ministro, sin embargo, advirtió que así se estaría "abriendo la puerta otra vez a la contratación por plazo fijo". EN: El Universo, Año 94 N°129 (22 ene. 2015), p. 4 La OIT pone su lupa en el Código de Trabajo. Ante las quejas que algunos dirigentes, privados y públicos, han hecho llegar a la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el Gobierno optó por invitarlos. La comisión internacional llegará este lunes y viene para ver de cerca las políticas de empleo de estos ocho años, que han sido objeto de profundos cambios y que incluyen un nuevo Código de Trabajo. Una norma que "es en pro de los beneficios de los trabajadores", dijo el ministro del ramo, Carlos Marx Carrasco. El funcionario enfatizó que los miembros de la OIT visitan Ecuador por la invitación del Gobierno. Así podrán "comprobar el enorme respeto que se tiene a los derechos de los trabajadores", agregó. Entre las quejas que ha recibido el organismo, están que hay una persecución a los dirigentes, que se vulnera el derecho al sindicalismo y los derechos a los contratos colectivos. Cada uno de los puntos fue desmentido por Carrasco. EN: Expreso, Año 42 N° 15173 22 ene. 2015, p. 7 08. INDUSTRIA

No hay comentarios:

Publicar un comentario