martes, 1 de enero de 2013

HASTA 150 DÍAS PARA VIGENCIA DEL CÓDIGO

Tras la aprobación del Código de la Producción en la Asamblea, los plazos para su aplicación comenzaron a correr y se estima que en unos cinco meses este nuevo cuerpo de ley estaría operativo. De acuerdo con los plazos estipulados en la Constitución y en el proyecto de ley, podrían pasar al menos 150 días, divididos en dos etapas. La primera empezará con la decisión que adopte el Ejecutivo, es decir, si realiza un veto parcial, total o decide que se lo publique en el Registro Oficial, tal como lo aprobó la Asamblea. Según la Constitución, la Legislatura lo enviará a la Presidencia de la República para que lo sancione u objete dentro del plazo de 30 días. Si la objeción presidencial fuera parcial, la Legislatura examinará tal pronunciamiento en 30 días. Luego deberá considerarse la disposición general primera, que señala que para reglamentar las materias que forman parte del Código se emitirán reglamentos específicos relacionados con cada libro, en 90 días, según la Constitución. En total son seis libros. El Universo, 23 nov. 2010, p. 3

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