miércoles, 16 de abril de 2014

LOS ALBAÑILES DEBEN SER AFILIADOS

Una nueva normativa regula al sector de la construcción. El primer gran cambio es que la afiliación de los obreros no es una opción sino una obligación. El artículo 14 del Reglamento que regula relación laboral en el sector de la construcción indica que los empleadores deben registrar a sus trabajadores en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Francisco Vacas, ministro de Relaciones Laborales, en la presentación y firma del documento explicó, además, que en el caso de que una persona natural contrate a un albañil para levantar una pared, por ejemplo, deberá hacer un contrato eventual discontinuo, que puede durar desde uno hasta 180 días. "Además, el trabajador deberá ser afiliado al IESS". El funcionario agregó a los medios de comunicación que si un obrero sufriere un accidente durante la obra, como romperse "la cabeza o un brazo y no cuenta con la adhesión al seguro social, quien lo contrató asumirá los gastos médicos y además pagará una multa por no afiliar al obrero". Expreso, 14 mar. 2014, p. 7

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